jueves, 28 de febrero de 2013

Respuesta de la AEGLASOT Graduados de arte en tacna al informe del especialista de primaria Marcelino Quispe Luque

La asociación de graduados  de la  escuela de bellas artes “Francisco Laso “ de Tacna   se pronuncia en relación al informe emitido por el especialista de  educación primaria el magister Marcelino Luque Quispe en el cual en el referido informe  signado con el  numero  008-2013 EEP-DGP-DRSET/GOB.REG.TACNA de fecha 7 de febrero del año en curso con respecto al proyecto de ordenanza regional formulado por el consejero regional Pablo Huacasi Parqui denominado” Disponer que en la  implementación  y desarrollo del área curricular de arte se considere lo previsto  en la ley nº 28131 ,ley del artista  interprete y ejecutante”, el cual fue derivado con oficio nº 139-2012 PHP-CR/GOB.REG.TACNA del 31 de diciembre del año 2012.
En el informe  del magister Marcelino Luque Quispe hace mención “a los términos de curso o área curricular  del Diseño curricular nacional , lo cual es pertinente por la importancia que  reviste en la formación del estudiante incluso manifiesta que estaría sujeto a lo dispuesto en el reglamento correspondiente y que  se aclare  mediante una opinión legal”  
Se debe precisar que tanto los cursos o el área  curricular en mención en este caso de  educación por el arte poseen los mismos contenidos curriculares y las capacidades pertinentes  es decir :la  expresión artística y la  apreciación artística y adicionalmente una  actitud ante el área como lo establece fruto de l proceso de articulación como un medio innovativo del proceso enseñanza aprendizaje y  establecido en el documento del DCN proceso de articulación formulado por los  especialistas del ministerio de  educación nacional sede central  en el texto técnico del DISEÑO CURRICULAR NACIONAL de la  educación básica  regular-inicio proceso de articulación-refrendado con resolución  ministerial  nº 0068-2005-EDDEL 3 DE FEBRERO DEL 2005 en el cual se   resuelve aprobar  el programa curricular  del área de Educación por el arte  de Educación primaria que se encuentra  articulado  con el nivel de Educación inicial y  Educación Secundaria  que forma parte de la presente  resolución y que  en le tiempo  se generalizo mediante  la  resolución nº667-2005-ED  la cual DISPONE SE GENERALICE EN TODAS LAS INSTITUCIONES  EDUATIVAS DEL PAIS A PATIR DEL AÑO 2006, puntualiza con objetividad  el fin y el fondo  que pretende el área programa o curso de  educación por el arte en los niveles y modalidades  del sistema  educativo peruano dentro del esquema  del DISEÑO CURRICULAR NACIONAL estandarizado para todas la  regiones del país .
S debe precisar que  la opinión legal ya se  emitió en su oportunidad mediante la oficina  de  asesoría jurídica  del sector  Educación  mediante el documento emitido por la  misma  con el  numero 962-2007de fecha 17 de octubre  en el cual en su conclusión establece :
1.- se debe dar cumplimiento a la  resolución de sentencia n 09 -2005  de fecha  09 de noviembre  del  año  antes mencionado la OFICINA de asesoría jurídica  es de la opinión  de que la DRSET(Dirección  regional Sectorial de Educación de Tacna) debe efectuar las gestiones necesarias  ante el Ministerio de  Economía y Finanzas  a través del Gobierno Regional la obtención del presupuesto necesario para coberturar la plaza de arte el cual se ha  ordenado  en la sentencia  conforme al articulo n 44 de la ley  28131.
2.-el incumplimiento de dicha  sentencia  acarrearía  apertura de proceso administrativo  y acciones  penales  como la de resistencia y desobediencia  a la autoridad  en contra del titular  y funcionarios  de la Dirección Regional Sectorial  de  educación.
Esta opinión fue firmada por el Asesor Jurídico del sector  educación  por el abogado Jorge Salcedo Candia en su oportunidad.
En el segundo análisis del informe  menciona que no es necesario especialización profesionales especifica del área  sino a otros  profesionales tengan  una especialización  artística”.
Debemos precisar que  mediante  el reglamento de la ley del artista 28131    en el titulo IV PROMOCION ARTISTICA Y SU CAPITULO I de la profesionalización  y docencia articulo n 35 profesionalización docente .- expresa  lo siguiente: la acreditación de la actividad artística que se refiere  al articulo 43 de la ley  esta a  cargo  de las Escuelas Superiores de Formación artística , el instituto nacional de cultura  y otras instituciones debidamente autorizadas por el Ministerio de Educación.
Ademas en el  articulo n   37.- de las instituciones educativas  que brindan estudios de de profesionalización docente.
Las instituciones  de  educación superior  de formación docente  en especialidades  artísticas  y y en las  escuelas superiores  de formación  artística  del ministerio de  educación  debidamente  acreditadas  por le organismo  encargado de operar  el sistema nacional de evaluación , acreditación  y certificación  de la calidad educativa  en educación superior , son las únicas  que brindan  los  estudios  de profesionalización docente .
Es asi que  deja claramente establecido  que debemos  ser objetivos  en los que significa la  acreditación en la país sobre todo en el área de  arte  pues ,el empirismo y la informalidad  se deba dejar de lado y tener a garantía de  que un  docente acreditado por  el ministerio es el mas  idóneo para garantizar  la formación integral del estudiante de todos los niveles y  modalidad  como lo establece  la ley 28044 y su respectivo reglamento en relación a la  acreditación correspondiente.
El mas  claro ejemplo y precedente  en relación a la aplicación y desarrollo  del área  curso o programa de arte en el nivel primario es el caso del  profesor de educación por el arte Jose maquera maquera el cual fue adjudicado y determinado para desempeñarse como tal mediante  la  resolución directoral regional de  educación nº 2400 del año 2006  el cual   cumplió a cabalidad  su  labor  con evaluación favorable  por el conei de la institución educativa  LASTENIA REJAS DE CASTAÑON  EN EL NIVEL PRIAMRIO y  que en el informe técnico remitido  por el  Director de la  referida institución Profesor Segundo Zambrano Gonzales corrobora esa  experiencia  educativa en favor  de la educación por el arte y su formación integral  de los  niños  que  son el objeto del sistema  educativo nacional.
Y por ultimo en la conclusión sugerencia del referido informe  del magister  Marcelino Luque Quispe especialista de  educación primaria establece si en educación primaria  la formación  artística mencionada  se refiere al ara de arte  o a talleres de arte, se debe  indicar  según el informe  n 025-2007 DGP-DRSET/GOB.REG.TACNA DEL DIA 5 DE JUNIO DEL 2007 , del especialista de  educación primaria Luz Quispe  Chipana  se menciona que “ en el nivel primario  no existe  el área de  educación por el arte Como taller. El área de Educación por el arte  en el plan  de  estudios  es un área curricular que tiene como propósito  desarrollar las capacidades comunicativas  de los  estudiantes. por lo tanto  el área de educación por el arte  según el Diseño Curricular Nacional  de educación básica  regular  aprobado mediante  R.M. nº 667-2005-ED  es considerado como  área curricular.
En la sugerencia sobre la reorientación  de  del proyecto de ordenanza regional  hacia la  especialización  de los docentes  de  educación primaria  en las diversa  expresiones del arte  se debe tener en cuenta que  los mismos tiene  en su formación inicial cursos elementales y básicos superficiales  del desarrollo del fenómeno del arte, sin  embargo debemos  expresar que  la  facultad de los consejeros es de formular iniciativas  de ordenanza regional en base a las necesidades y que son ellos los llamados presentar  en forma autónoma las iniciativas  legislativas regionales en su ámbito , es mas  es preferible un docente de  especializaciones  especifica  quienes tiene prelación en le orden de servicio  máxime si se trata del servicio de la  educación referido a los niños que se encuentran en su etapa de  formación  y que a futuro  serán los ciudadanos  formados por  docente4s idóneos como los están los  docentes preparados en la  escuela superior de formación artística publica “Francisco laso  de Tacna “  ahora con rango universitario  ya que dentro de sus  especialidades cuentan  con  formación en  artes platica , música teatro danza y  danza  lo cual indica  la  lata especialización de la cual gozan  sus  egresados y que son garantía  en le desarrollo de sus  capacidad profesional y dudar de ello seria inaudito  máxime si son acreditación  a nombre de la nación .

No hay comentarios:

Publicar un comentario